01/04/2016 Regionales
El Diputado Monge (Cambiemos) impulso cambios en la Ley de Reglamento de la Policia

El diputado provincial, Jorge Monge (Frente Cambiemos), expresó hoy su satisfacción por la aprobación por parte de la cámara de Senadores esta mañana, de un proyecto de ley de su autoría que ya contaba con media sanción en la cámara Baja,...

El Diputado Monge (Cambiemos) impulso cambios en la Ley de Reglamento de la Policia
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El diputado provincial, Jorge Monge (Frente Cambiemos), expresó hoy su satisfacción por la aprobación por parte de la cámara de Senadores esta mañana, de un proyecto de ley de su autoría que ya contaba con media sanción en la cámara Baja, por el cual se equipara al personal policial con el resto de los estatales que gozan de la presunción de inocencia y que, ante un caso judicial, no sufren el recorte de sus haberes, retención que sí  padecían los agentes de la fuerza entrerriana.

La iniciativa que se aprobó por unanimidad fue impulsada por el legislador diamantino de extracción radical, y ahora solo resta la promulgación correspondiente por parte del poder Ejecutivo.

 

PRINCIPIO DE INOCENCIA. A través de la iniciativa se modifican dos artículos de la Ley 5.654 del Reglamento General de Policía, referidos a la retención de haberes de los integrantes de la fuerza que estén bajo proceso judicial.

Como el objetivo de la iniciativa es salvar un compartimento que discrimina  a los agentes, se advierte que mientras los policías sufren una merma en su salario, en tanto atraviesan un proceso, hubo casos como el del intendente de Santa Elena, Domingo Rossi, que siguió cobrando haberes como presidente municipal y como vicegobernador, pese a estar condenado. En ese contexto, el legislador no pasó por alto el escándalo que envolvió al ex vicepresidente de la Nación, Amado Boudou.

En la cámara de Diputados, donde el proyecto fue aprobado por unanimidad, Monge centró su fundamento en el principio de inocencia, al aseguró que el texto apunta a “reparar una injusta desigualdad en la que se encuentra el policía, respecto del resto de los trabajadores del Estado, es el objetivo de esta propuesta”, dijo.

Y agregó: “El régimen de la Policía obliga la retención del 50 por ciento de los haberes del agente sometido al proceso judicial. Esto es discriminatorio y reviste niveles de confiscatoriedad. Podemos afirmar que la casi totalidad de los agentes policiales reciben sólo su sueldo, ya que tienen vedada la posibilidad de recibir otro tipo de ingresos. Están en una situación de flagrante injusticia. Se altera de manera clara la presunción de inocencia y normas del derecho positivo en Argentina”, aseguró Monge, abogado de profesión.

Para Monge, el reglamento , tal como está, afecta también ” derechos laborales argentinos”. Y, afirmó: ” La norma viola el principio de igualdad. A otros funcionarios no se les aplica esta retención. Algunos entienden que estas son las especificidades, pero si analizamos las casuistícas de quienes están atrapados en esto como un cabo, automáticamente se le retira el sueldo”, dijo y comparó las especificidades y vicisitudes del vicepresidente de la Nación con las de un agente policial.

En el texto, Monge planteó que la retención dispuesta en el artículo 145° del Reglamento General de Policía, en su redacción actual, de la mitad de los haberes al personal policial bajo proceso judicial, constituye sin hesitación alguna, una sanción anticipada que vulnera el principio de inocencia, es discriminatorio respecto de otros funcionarios públicos y resulta claramente confiscatorio, ya que en la casi totalidad de los casos, estos haberes constituyen el único ingreso con que cuentan los funcionarios policiales, para satisfacer las necesidades mínimas indispensables de la familia, dado que los funcionarios policiales tienen vedado  con escasísimas excepciones – realizar otra actividad remunerada.

En ese sentido, el diputado y ex convencional, remarcó que quienes se ven sometidos a proceso, se encuentran en una situación de flagrante injusticia, en virtud de que se alteran de manera ilegítima e inconstitucional, no solamente la presunción de inocencia y debido proceso legal art. 18° de la Constitución Nacional-, sino también el derecho previsto en el artículo 8° segundo párrafo de la Convención Americana de los Derechos Humanos y el artículo 26° de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, y viola el principio de igualdad, ya que ningún otro empleado público de la provincia en el momento de ser procesado, se le realiza un descuento automático, distingue Monge no sin antes plantear “el perjuicio económico y moral que sufre también la familia del policía o la imposibilidad futura de revertir esta situación”.

Por último remarcó Monge que esta sanción de la Cámara alta provincial, viene a reparar una injusticia, por lo que celebramos esta sanción definitiva a una iniciativa que deroga la norma que disponía la retención de la mitad de los haberes al personal policial sometido a proceso” .

 

 

 

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