30/11/2020 Deportes
Recomendaciones del gobierno provincial para el reinicio de la actividad deportiva

Recomendaciones para el reinicio de las actividades deportivas propuestas por la Secretaría de Deportes, correspondiente a la 5° Fase. REINICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN ENTRE RIOS 5º FASE Se incluirán en esta...

Recomendaciones del gobierno provincial para el reinicio de la actividad deportiva

Recomendaciones para el reinicio de las actividades deportivas propuestas por la Secretaría de Deportes, correspondiente a la 5° Fase.

REINICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS
EN ENTRE RIOS
5º FASE
Se incluirán en esta fase:
 DEPORTES GRUPALES (INCLUSO DE MÁS DE 10
PARTICIPANTES) E INDIVIDUALES AL AIRE LIBRE Y CON
CONTACTO Y/O CON ELEMENTOS COMPARTIDOS
CONTEMPLANDO COMPETENCIAS SIN LA PRESENCIA DE
PÚBLICO (esta debe contar con la aprobación de cada COES
local)
 DEPORTES GRUPALES E INDIVIDUALES EN ESPACIOS
CERRADOS CON CONTACTO Y/O CON ELEMENTOS
COMPARTIDOS CON UN LÍMITE DE 10 PARTICIPANTES
CONTEMPLANDO COMPETENCIAS SIN LA PRESENCIA DE
PUBLICO (esta debe contar con la aprobación de cada COES
local)

Deportes como: AJEDREZ, ARTES MARCIALES, ATLETISMO, AUTOMOVILISMO, BÁDMINTON, BASQUETBOL, BEACH HANDBALL, BEACH VOLEY, BEISBOL, BILLAR, BOCHAS, BOXEO, CANOTAJE, CESTOBOL, CICLISMO EN TODAS SUS
VARIANTES, COLOMBOFILIA, DEPORTES ACUÁTICOS A MOTOR, ENTRENAMIENTO FUNCIONAL, EQUITACIÓN, ESCALADA, ESGRIMA, FOOTGOLF, FUTBOL EN TODAS SUS VARIANTES, GIMNASIA, GOLF, HANDBALL, HOCKEY SOBRE CESPED, HOCKEY SOBRE PATINES, JUDO, KARATE, KITE SURF, LEVANTAMIENTO DE PESAS, LUCHA OLÍMPICA, MOTOCICLISMO, NATACIÓN, NETBALL, PADEL, PATÍN CARRERA, PATINAJE ARTÍSTICO, PATO, PELOTA PALETA, PESCA, POLO, REMO, RUGBY, RUNNING, SKATE, SOFTBOL, SQUASH, SUP, SURF, TAEKWONDO, TCHOUKBALL, TENIS, TENIS DE MESA, TIRO CON ARCO, TIRO DEPORTIVO, TRIATLÓN, TURF, VELA, VOLEIBOL, WATERPOLO.

El objetivo del presente documento es el de establecer las pautas para la realización de
deportes grupales al aire libre con contacto y con elementos compartidos en espacios
públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados y espacios cerrados con
un límite de 10 participantes, con el objeto de prevenir y gestionar de manera adecuada
los riesgos generales del COVID-19 respecto de empleados y usuarios/concurrentes al
establecimiento y tomar las medidas o implementar un plan de acción a seguir ante la
ocurrencia de casos sospechosos, confirmados y contactos estrechos acorde a las
normas dictadas por los organismos jurisdiccionales.
Las habilitaciones serán Municipales para la realización de las actividades sugeridas en
cada etapa y con evaluación y aprobación de los protocolos, por parte de los COES
locales, de cada una de las actividades y/o instituciones deportivas que deseen abrir.
Recomendaciones a los COES locales para evaluación de protocolos.
Los protocolos que se presenten de las distintas actividades para ser habilitadas por el
municipio deben contar con:
A) Información sobre higiene en general y sobre covid en particular (síntomas, contagio,
modos de evitarlo). Esta información es vital para que los deportistas conozcan los
riesgos y cómo evitarlos.
B) Precisiones sobre medidas de distanciamiento en distintos momentos y lugares del
espacio laboral o recreativo. Se puede evaluar si se consideran estas medidas para cada
sector que se utilice en la práctica del deporte estudiado.
C) Descripciones sobre desinfecciones (tipos de desinfectantes, modos y periodicidad
de uso, identificación de superficies expuestas).
D) Elementos de Protección Personal (tipos, momentos y lugares de usos de cada uno
de ellos, provisión).
E) Especificidades de la actividad propuesta. Es para el caso en que el deporte estudiado
tenga alguna particularidad que deba mencionarse con las medidas de prevención
correspondientes.
F) Protocolo específico de casos sospechosos en el ámbito de la actividad. Todo
protocolo debe considerar un mecanismo para aislar a personas sospechosas de Covid
dentro de los predios en donde se practiquen los deportes, un contacto de autoridad
sanitaria cercana y un modo de actuar en cuanto a protección, distanciamiento,
atención de la persona y desinfecciones especiales en los espacios frecuentados.

Cada club tendrá la potestad de decidir la apertura o no de las actividades, en relación
a las posibilidades que presentan sus instalaciones.
Todo cambio en el status sanitario hacia algunas de las caracterizaciones
epidemiológicas ya mencionadas se procederá a dejar sin efecto los permisos para este

grupo de actividades
RECOMENDACIONES GENERALES
5º FASE
Medidas Generales:
 Tapabocas o protector facial: De uso obligatorio para todos los deportistas, en
su arribo a la institución o predio, y para todo otro personal que se encuentre en
el.
 Higiene: será obligatoria la disponibilidad de alcohol en gel o solución alcohólica
al 70% para uso de los deportistas.
 Distanciamiento: todos los deportistas deberán mantener una distancia mínima
de 2mts entre ellos durante toda la jornada de entrenamiento y uso de espacios
comunes, exceptuándose esto en la competencia.
 Objetos de uso personal: Todos los objetos de uso personal, vasos, mate,
prendas de vestir, etc, serán de uso exclusivo de cada deportista, no pudiendo
compartir ninguno de estos objetos y cuidando en todo momento la higiene de
los mismos.
 Desinfecciones: Se debe establecer responsabilidades para la desinfección
frecuente con solución diluida de lavandina (o semejante) en toda superficie
común, así como disponer de alfombrillas embebidas en lavandina diluida al
ingreso a los predios deportivos.
 Horarios y lugares: cada municipio podrá establecer días, horarios y lugares para
el entrenamiento o la competencia de la actividad en cuestión, en función de
lograr mejores condiciones para el cumplimiento del distanciamiento social.

Pautas generales para el desarrollo de la práctica de deportes grupales e individuales
con contacto y/o con elementos compartidos.
 No estará permitida la presencia de público espectador en ningún
momento de la práctica deportiva.
 Antes de iniciar la práctica los deportistas deberán lavarse las manos con
agua y jabón o desinfectante de manos con alcohol al 70 % o alcohol en
gel.
 No será necesario el uso de tapabocas durante la práctica deportiva para
los deportistas, si lo será en los momentos anteriores o posteriores a la
práctica deportiva.
 El tapabocas será obligatorio en todo momento para los entrenadores,
preparadores físicos, auxiliares y demás personas involucradas.
 El espacio donde se encuentre desarrollando la actividad deberá contar
con KIT de limpieza y desinfección para los usuarios, el mismo tendrá
alcohol al 70%, pulverizador y paños de papel para la limpieza de los
materiales.
 Al inicio, en los descansos y en la finalización de la práctica o competencia
deportiva se procederá a la desinfección de los elementos compartidos.
 Los deportistas deberán guardar la distancia de seguridad de 2 metros
durante todo el tiempo en el que no estén desarrollando la actividad
deportiva.
 Para el desarrollo de la práctica deportiva en el espacio público, deberá
darse cumplimiento a lo establecido por las áreas competentes respecto
a la tramitación de permisos, seguros y toda aquella norma que sea
aplicable al caso.
Grupos de Riesgo
Se recomienda para los mayores de 60 años la NO realización de estas actividades
por tratarse de grupo de riesgo, como así también aquellos que presenten
antecedentes por afecciones respiratorias, cardiacas o de otra índole que generen
un riesgo adicional ante un contagio, estos deberán presentar un certificado de
aptitud física firmado por un profesional de la medicina en caso de querer
desarrollar la actividad.
De igual manera, se recomienda que los menores que necesiten acompañamiento
NO asistan a estas actividades.

De las instituciones deportivas públicas y privadas:
 El establecimiento deberá contar con un registro nominalizado de todos
los concurrentes que incluya teléfono de contacto, lugar, tipo de
actividad, día y horario de la actividad.
 Al ingreso se constatará la temperatura, la cual deberá ser inferior a
37.5*C y se interrogará sobre síntomas compatibles con sospecha de
Covid-19.
 En espacios cerrados el límite de participantes por turnos no debe
exceder de 10 participantes por cancha o espacio deportivo, con
excepción del Voleibol donde pueden acceder 12 jugadores en total.
 Se deberá disponer de personal que controle el ingreso evitando
aglomeraciones.
 El establecimiento deberá organizar un sistema de turnos para las
prácticas. Previo al otorgamiento del turno es necesario indagar a los
usuarios respecto de la manifestación de alguno de los síntomas
indicados para el COVID-19.
 Los turnos para las prácticas deportivas deben considerar el tiempo
necesario para la realización de las mismas, como para el ingreso y
egreso de las instalaciones, a fin de evitar la aglomeración de personas.
 La duración de cada turno deberá incluir: higiene inicial del equipamiento
– higiene final del equipamiento y deberán contemplarse intervalos de al
menos 20 minutos entre cada turno para favorecer la recuperación de
los deportistas, su egreso y el ingreso de otros deportistas al mismo
sector. Este tiempo deberá ser utilizado para la desinfección de objetos
que se manipulen con frecuencia o utilizados para la práctica.
 Establecer que las personas no vengan acompañadas, excepto que se
trate de menores de edad.
 Se debe poner a disposición del público alcohol en gel o sanitizante para
manos.
 Recomendar a los deportistas, concurrir al establecimiento munido
solamente de lo imprescindible para el desarrollo de la actividad a
realizar.
 Los fluidos para hidratación personal no podrán ser compartidos
 Recomendar a los deportistas no utilizar transporte público para llegar a
la actividad, movilizarse a pie, en bicicleta, moto o auto.
 El establecimiento debe organizar y planificar la concurrencia de los
deportistas, profesores/as y trabajadores/as a la institución mediante
organigramas preestablecidos a fin de posibilitar la circulación dentro de

la institución con el adecuado distanciamiento social (2 metros de
distancia entre personas).
 El establecimiento deberá delimitar la forma de circulación en áreas de
acceso y egreso de las instalaciones para facilitar el distanciamiento
social y evitar la circulación cruzada.
 El establecimiento deberá establecer en qué zonas o áreas se realizarán
las prácticas deportivas y quiénes tienen acceso a la circulación y estancia
en estos lugares teniendo en cuenta el distanciamiento social de 2
metros.
 El uso de tapabocas es obligatorio en todos los trayectos de ingreso,
egreso y áreas comunes de desplazamiento.
 No estará habilitado el sector de duchas ni vestuarios.
 El establecimiento deberá recordarle en todo momento la imposibilidad
de uso del vestuario o duchas para el cambio de indumentaria.
 Los baños sólo deberán estar disponibles para el uso sanitario específico
evitando se realice cambio de indumentarias en los mismos. Tras su uso
deberán ser ventilados, limpiados y desinfectados. En los baños se
deberá disponer de los todos los elementos para un adecuado lavado de
manos.
 Se deben reforzar las condiciones de higiene de los sanitarios y aumentar
la frecuencia de higiene y desinfección de los mismos.
 Se deberá reforzar la desinfección de picaportes, pasamanos, griferías,
pulsadores o tiradores de inodoros y todo elemento de uso y contacto
frecuente con lavandina al 10%.
 Se debe minimizar la cantidad de personas que utilicen estas
instalaciones en forma simultánea de modo de respetar la distancia
mínima de 2 metros entre cada una de ellas tanto dentro como fuera del
mismo
 Se recomienda colocar cartelería visible en todas las instalaciones, con
información actualizada sobre métodos de cuidado personal y
prevención ante la COVID-19.
 El establecimiento deberá señalizar los lugares de espera para mantener
una distancia de 2 metros entre las personas.
 Siempre que sea posible se aislará al trabajador de las personas externas
al establecimiento. Asimismo, de ser posible, se colocarán mamparas o
pantallas para separar al/los trabajador/es del público en general.

Los MUNICIPIOS deberán exigir el cumplimiento de protocolos a las
distintas instituciones donde se realiza la actividad.
Las COMPETENCIAS solo serán aprobadas con presentación de protocolo
de desarrollo a cada COES local.

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