Segun lo diera a conocer el Diputado Provincial Diego Lara, presentó ante sus pares de la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos un proyecto de Ley por el cual nuestra Provincia adheriría a la Ley Nacional Nº 26.928, sancionada en el...
Segun lo diera a conocer el Diputado Provincial Diego Lara, presentó ante sus pares de la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos un proyecto de Ley por el cual nuestra Provincia adheriría a la Ley Nacional Nº 26.928, sancionada en el año 2013 y mediante la cual se crea un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
El texto de la nota dada a conocer por el ex Intendente mariagrandense dice textualmente – «Atendiendo a una problemática como lo es la situación de las personas trasplantadas y consecuentemente la protección para aquellas personas, motivado por un caso que me toco de cerca seguir y acompañar, presentamos ante la Cámara de Diputados de la Provincia de Entre Ríos un proyecto de Ley por el cual nuestra Provincia adheriría a la Ley Nacional Nº 26.928, sancionada en el año 2013 y mediante la cual se crea un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
Esta norma persigue como objetivo generar un mecanismo permanente de protección laboral, económica y sanitaria para las personas trasplantadas o en lista de espera.
A través de la adhesión a la norma nacional, todas aquellas personas gozarían de importantes beneficios que hoy se encuentran plasmados en la Ley 26.928. Entre ellos, podemos destacar que en las “relaciones laborales” (teniendo presente la exigencia de los exámenes preocupacionales y de rutina) se prohíbe como causal de impedimento para el ingreso o permanencia en una relación laboral el ser trasplantado, donante relacionado o encontrarse inscripto en lista de espera del Incucai con indicación médica de trasplante. Asimismo se propicia la creación de programas de empleo, emprendimiento y talleres protegidos destinados todos ellos a los beneficiarios, como así también la ley nacional fomenta la contratación laboral, en el ámbito privado, de personas trasplantadas a través de incentivos impositivos.
La ley, cuya adhesión propiciamos, reconoce también otros beneficios tales como: pases libres a la persona trasplantada -y en caso de necesidad documentada a un acompañante- en el trayecto que medie entre su domicilio y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales; la adopción de planes y medidas que faciliten el acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias que su condición les demande; el goce de una licencia especial de modo tal de facilitar a los beneficiarios la realización de los estudios, rehabilitaciones y tratamientos inherentes a la recuperación y mantenimiento de su estado de salud, sin que ello fuera causal de pérdidas de presentismo o despido de su fuente de trabajo; la incorporación por parte del Ministerio de Educación, como un tema regular de la currícula, la donación y el trasplante entre otros».
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