Si bien el Decreto 765/24 rige desde hace tres meses, los organismos que protegen derechos de autor seguían cobrando en las fiestas en salones
Se acercan las épocas de las despedidas de año, las recepciones, y con un clima más benévolo muchos aprovechan para celebrar un casamiento o algún cumpleaños con grandes fiestas. En este marco, crece la demanda de salones y demás servicios que suelen contratarse para celebrar un acontecimiento importante.
Si bien organizar una reunión multitudinaria de este tipo debería resultar más económico, debido a que desde el 28 de agosto rige el Decreto Nacional 765/24, que establece que “quienes realicen eventos de carácter privado o público sin fines de lucro no deberán pagar a las entidades encargadas de proteger los derechos de autor”, en ocasiones esto no resultaba así, ya que en Paraná y otras ciudades de la provincia y el país se seguía cobrando este concepto –o al menos pretendiendo cobrarlo– por parte de representantes de los dos organismos los que se encargan de cobrar: la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (Sadaic), junto con la Asociación Argentina de Intérpretes Musicales y la Cámara Argentina de Productores de Fonogramas y Videogramas (AADI-CAPIF).
Entidad | Teléfono |
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Emergencias médicas | 107 |
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