Por medio de un decreto reglamentario se declaró en emergencia al sector de transporte de pasajeros escolares, puerta a puerta y escolares rurales. Esta fue una iniciativa de la Secretaría de Transporte de Entre Ríos. Mediante una Ley aprobada...
Por medio de un decreto reglamentario se declaró en emergencia al sector de transporte de pasajeros escolares, puerta a puerta y escolares rurales. Esta fue una iniciativa de la Secretaría de Transporte de Entre Ríos. Mediante una Ley aprobada por ambas cámaras, y con el apoyo del diputado Gustavo Zavallo y el Senador Juan Carlos Kloss, quienes fueron parte de la génesis de esta ley aportando sus gestiones a la Secretaria de Transporte que conduce Nestor Landra.
En este sentido Landra dijo que: “Este trabajo interdisciplinario e interinstitucional que hemos llevado adelante junto con ambas cámaras legislativas, con la Administración Tributaria de Entre Ríos, y con la Cámara de Transportistas que nuclea al sector antes mencionado, ha dado como finalización una Ley que declara en emergencia al transporte puerta a puerta, escolares, y escolares rurales. Todos los transportistas que tengan toda su documentación en regla y al día podrán acceder a una serie de beneficios impositivos que alivian la angustiante situación que nos venían planteando y por la cual hasta llegaron a movilizarse a Casa de Gobierno”, “Estamos muy contentos ya que hemos aportado soluciones concretas para los trabajadores del transporte de Entre Ríos”
“Hay que tener en cuenta que estas pymes son llevadas adelante por empresas familiares o unipersonales. Desde el Estado Provincial se atendió la especial situación de la franja más vulnerable del sector de transporte de pasajeros con el fin de coadyuvar a que puedan recuperarse, sin sobre-exigencias o trabas que impliquen condicionantes en el reinicio de las actividades en el transcurso de este 2021” asestó Federico Mastaglia Subdirector de área.
Beneficios
Quienes pretendan adherir a los beneficios que la Ley brinda, deberán completar un formulario con carácter de Declaración Jurada y acompañar documentación de base requerida Constancia de inscripción en AFIP, constancia de inscripción en ATER, habilitación municipal o provincial según sea el caso, entre otros aspectos formales.
Los beneficios se suman, es decir no son excluyentes, a los de la moratoria lanzada por parte de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) hace unos días.
Se creará un registro de beneficiarios alcanzado por la Ley en el ámbito de la Secretaría de Transporte. Como efectos a destacar, los beneficiarios deberán suscribir, con carácter de declaración jurada, un compromiso de mantener los puestos de trabajos durante el periodo de vigencia de la emergencia. A su vez, queda establecida la prohibición de ejecuciones fiscales provenientes de impuestos y tasas provinciales mientras dure la emergencia.
Aquellos que cumplimenten las condiciones planteadas y sean admitidos como beneficiarios, estarán exentos del pago del Impuesto sobre los Automotores, cuando la facturación correspondiente al mes de abril de 2020, sea igual o inferior a la que corresponda al mes de abril de 2019. Se exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos hasta julio del año 2021. Se exime en el pago de Tasa por Servicio de Información, Inspección y Control al Transporte, hasta julio del 2021. Asimismo, mientras dure la Emergencia dispuesta, no se promoverá ni sustanciarán ejecuciones fiscales provenientes de Impuestos y Tasas provinciales, y sus accesorios derivados de la actividad del transporte.
Entidad | Teléfono |
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Policía | 101 |
Emergencias médicas | 107 |
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