En Marzo de este año, cuando comenzara la pandemia en nuestro pais, el Decreto Presidencial Nº 311/2020 establecio que; a partir de las facturas que vencieron el 1 de marzo de 2020, las empresas que prestan los servicios de: • energía...
En Marzo de este año, cuando comenzara la pandemia en nuestro pais, el Decreto Presidencial Nº 311/2020 establecio que; a partir de las facturas que vencieron el 1 de marzo de 2020, las empresas que prestan los servicios de:
• energía eléctrica,
• gas por redes,
• agua corriente,
• telefonía fija,
• telefonía móvil,
• Internet y
• TV por cable
no pueden cortar ni suspender sus servicios por falta de pago de 7 facturas, consecutivas o alternadas, a los usuarios que se indican en el siguiente punto.
Las empresas prestadoras de los servicios deben dar planes de facilidades de pago a los usuarios para que puedan pagar las deudas que se generen durante ese plazo.
Este Decreto en principio rige hasta el 31 de Diciembre. Consultada la delegación local de ENERSA acerca del indice de morosidad que se registra, respaldados los usuarios del servicio en el mencionado Decreto, se nos dio a conocer que aproximadamente un 15 % de un total de alrededor de 4.000 medidores se encuentran con retrasos, es decir 600 usuarios son los que en María Grande, los que han tenido problemas para enfrentar el pago del servicio eléctrico durante la pandemia.
Entidad | Teléfono |
---|---|
Policía | 101 |
Emergencias médicas | 107 |
Radio Mundo Retro 107.1 F.M | 0343 4941 504 |
ACCION SOCIAL MUNICIPAL | 4940 447 |
AMUL | 4941 545 |
ATER - DELEGACION MARIA GRANDE | 4940 340 |