Según nuevas resoluciones provinciales se aprueban protocolos para la realización de producciones audiovisuales y realización de ferias de artesanías, artesanías y manualidades. Dichas actividades serán habilitadas por los municipios según su situación epidemiológica de cada localidad.
Según las Resoluciones N° 3779 y N° 3780 del Ministerio de Salud de Entre Ríos se aprueban protocolos de funcionamiento para dos nuevas actividades culturales, sujetas a habilitación municipal: producciones audiovisuales y realización de ferias. Los objetivos de los nuevos protocolos son implementar acciones para proteger la salud e integridad de todos los/las trabajadores que participen de las actividades culturales mencionadas, respetar las recomendaciones y directivas sanitarias emanadas del Gobierno Nacional y Provincial y de todos los estamentos públicos oficiales, desplegar planes de acción preventivos, para la prevención y el cuidado de la salud de las personas y retomar gradualmente las actividades que se dan en el marco de las producciones audiovisuales y rodajes y las ferias de artesanías, entendidas éstas como instancias de generación de empleo.
Producciones audiovisuales
El protocolo aplica para productoras, estudios de filmación, proyectos independientes de rodajes, en el marco del sector audiovisual.
Los rodajes deberán realizarse, solo en ciudades que no tengan transmisión comunitaria ni por conglomerados. Asimismo, las personas que deban participar del mismo y que provengan de zonas de transmisión deben hacer previamente 14 días de cuarentena.
El protocolo expresa también que no deben participar personas encuadradas como de riesgo para el COVID – 19 (mayores a 60 años, con problemas de salud encuadrados en la Resolución 2020-207-APN-MT del Ministerio de Trabajo de la Nación, fundada en el artículo 1° del Decreto N° 260 de fecha 12 de Marzo de 2020).
Se detallan en la resolución N°3780 las obligaciones de higiene y cuidado de cada una de las instancias y roles involucrados en la producción audiovisual: obligaciones durante el traslado hacia el rodaje y atención a proveedores.
Se describen minuciosamente las recomendaciones durante la preproducción, el rodaje y la grabación donde se pone el acento en el uso de equipos de protección individual y la distancia recomendada.
Se detalla también cómo deben ser los espacios para vestuario, maquillaje y manejo de utilería.
Para descargar protocolo de realización producciones audiovisuales ingresar al siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1a38s0azzEU032zJ7kPpTUOYDiaDqkmBE/view
Realización de Ferias
El alcance del protocolo para la realización de ferias (Resolución N° 3779) incluye al personal interviniente, la organización de feriantes, productores, y comerciantes, clientes y público en general. Y las medidas de contención, a las ferias de artesanías, manualidades y/o culturales con acceso de público, que pudieren realizarse tanto al aire libre como en espacios cerrados, en espacios públicos como privados; que reúnan las condiciones necesarias.
El protocolo incluye recomendaciones para movilización del personal hacia el lugar de trabajo, recomendaciones generales para el personal que trabaje en el armado y desarmado de la feria, recomendaciones para la utilización de los vehículos destinados para el traslado de estructuras, mobiliario y equipamiento y para la circulación del personal interviniente en el espacio de la actividad.
En la realización de ferias se deberá delimitar cada uno de los espacios de venta, tránsito y uso común, respetando una distancia de 2 metros, tanto para la comercialización como para la interacción entre los feriantes. Las mesas de los stands de venta deberán tener no menos de un metro y medio (1,50 metros) de largo por sesenta centímetros (0,60 metros) de ancho y estar ubicadas a una distancia de un metro y medio (1,50 metros) entre cada stand, posibilitando la permanencia de hasta dos clientes/as. Y deberán ser atendidos solamente por dos personas: una encargada de cobrar y otra de despachar los productos.
La cantidad de personas (feriantes, organizadores y público) calculadas por superficie del espacio de feria (contemplando el espacio ocupado por el mobiliario) será de hasta una persona cada dos metros cuadrados (2 m2).
La apertura de feria se efectuará en espacios sugeridos y/o dispuestos por la institución organizadora, los que deberán ser aprobados por el organismo responsable provincial o en su defecto por el municipio, atento al protocolo. Dichos espacios podrán ser tanto abiertos como cerrados.
Se deberá establecer puntos estáticos y permanentes de desinfección al público, que consistan en puestos con alcohol en gel y/o rociadores con una mezcla de alcohol y agua, debidamente señalizados y/o identificados mediante cartelería.
Para descargar protocolo de realización de ferias ingresar al siguiente enlace: https://drive.google.com/file/d/1SAsOQVS1VGHcwQyMh_VKg_pjyjt5UNY6/view
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Emergencias médicas | 107 |
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