18/04/2020 Política
No hubo tratamiento sobre tablas del proyecto de declaración de emergencia sanitaria en el ámbito municipal

Este jueves, tuvo lugar la primera sesión ordinaria del año del Concejo Deliberante local. Entre los temas presentados, estaba el Proyecto de Ordenanza del Ejecutivo que en su artículo primero, establece la emergencia sanitaria y fiscal en el...

No hubo tratamiento sobre tablas del proyecto de declaración de emergencia sanitaria en el ámbito municipal
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Este jueves, tuvo lugar la primera sesión ordinaria del año del Concejo Deliberante local. Entre los temas presentados, estaba el Proyecto de Ordenanza del Ejecutivo que en su artículo primero, establece la emergencia sanitaria y fiscal en el ámbito del municipio de María Grande por el término de un año, en virtud de la pandemia declarada por la OMS. En los siguientes artículos se prorrogaba el vencimiento de tasas de Higiene, Profilaxis y Seguridad  (Tasa comercial) de Febrero y Marzo,  al 30 de Abril, lo mismo que la Tasa General Inmobiliaria y por Servicio Sanitarios.

Este proyecto no tuvo el tratamiento «exprés»,  o tratamiento sobre tablas en la misma sesión que ingresó, ya  que el bloque de la oposición solicitó se trate primeramente en comisión, ya que cuestionó los artículos 6 y 7. Se acordó tratarlo el próximo martes, donde tras la reunión de Comisión se llevará a cabo la sesión, donde el oficialismo podría aprobarlo por mayoría simple.

Los artículos observados por el Bloque Justicialista;  el que establece que se autoriza al Ejecutivo a establecer mediante Decreto prohibiciones y/o obligaciones para la comunidad destinadas a la propagación del Covid-19 y definir sanciones. Como así mismo el que autoriza al Ejecutivo a modificar partidas presupuestarias, y tambien a conceder nuevas exepciones y prorrogas impositivas. Por otra parte permitiría la transferencia temporaria de personal municipal para la atención de servicios, lo mismo que rescindir, renegociar o prorrogar contratos. Tambien este mismo artículo habilita a la contratación directa por vía de excepción de los bienes y servicios necesarios para la atención de las situaciones derivadas  de la emergencia, por el termino de un año.

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