El Concejo deliberante local, sancionó por unanimidad la Ordenanza 789/18 por la cual el municipio local adhiere a la Ley Nº 26.687, que regula sobre la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco. La legislación contempla...
El Concejo deliberante local, sancionó por unanimidad la Ordenanza 789/18 por la cual el municipio local adhiere a la Ley Nº 26.687, que regula sobre la publicidad, promoción y consumo de productos elaborados con tabaco. La legislación contempla la promoción de ambientes 100 % libres de humo de tabaco, especificando que se prohíbe fumar en edificios públicos cerrados, establecimientos educativos, hospitales y centros de salud, lugares de esparcimiento y recreación de concurrencia masiva.
Entre los fundamentos de la nueva norma, se destaca que la Organización Mundial de la Salud afirma que el tabaquismo es la principal causa de muerte evitable en los países en desarrollo, y que Argentina tiene una de las tasas más altas de tabaquismo en America Latina. La exposición al humo del tabaco ha sido declarada como carcinogenérica ya que contiene más de 4000 sustancias tóxicas y por los menos 50 son cancerígenas.. Por otros lado, la exposición al humo de tabaco, no solo perjudica a quien elige fumar, sino que afecta a quienes son «fumadores pasivos», aumentando en ellos un 30 % el riesgo de contraer cáncer de pulmón y enfermedades coronarias.
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