La Cámara de Senadores le dio sanción definitiva al proyecto de ley que establece una regulación, en el territorio entrerriano, para los avisos destinados a la contratación de personas para servicios laborales. Es una herramienta que intenta...
La Cámara de Senadores le dio sanción definitiva al proyecto de ley que establece una regulación, en el territorio entrerriano, para los avisos destinados a la contratación de personas para servicios laborales. Es una herramienta que intenta evitar situaciones de abuso que tienen como víctimas, en la mayoría de los casos, a mujeres.
El detonante fue el caso de Araceli Ramos, una joven asesinada cuando concurrió a una entrevista laboral falsa en la ciudad bonaerense de Caseros. Por el caso fue condenado en junio de 2016 el exprefecto Walter Vinader.
“Los avisos, de acuerdo a informes de ONG que trabajan en la recuperación de jóvenes objeto de abuso sexual y trata, son uno de los canales de captación más utilizados”, señalan los fundamentos que son parte del expediente.
El trayecto legislativo de la norma se inició a principios de 2014, con un proyecto de los diputados justicialistas Diego Lara y Reynaldo Navarro. Pese a tratarse de un proyecto de varios que apuntaban a resguardar especialmente a las mujeres ante la creciente ola de casos de violencia de género, la sanción completa se demoró casi cuatro años.
El proyecto
El proyecto, que pasará al Ejecutivo para su promulgación, establece una regulación para la publicación de avisos en el territorio de la Provincia de Entre Ríos destinados a la contratación de personas para servicios laborales, a desempeñarse dentro o fuera de la Provincia, por cualquiera de los medios de comunicación,.
Son objetivos del proyecto:
a) prevenir eventuales hechos o situaciones de violencia y abusos que puedan cometerse a través de publicaciones engañosas de supuestas ofertas laborales;
b) contar con la información necesaria de quienes solicitan la publicación de avisos a efectos de brindar seguridad a los destinatarios de las mismas;
c) generar un registro de datos en los medios de publicación que sirvan como elementos para la investigación de presuntos hechos delictivos;
d) erradicar, a corto y mediano plazo, la publicación de avisos falsos y engañosos que persigan en definitiva la captación de personas para su trata.-
Determina que las empresas y/o particulares de medios de comunicación deberán solicitar a quienes requieran la publicación los siguientes datos y documentación:
a) tratándose de personas físicas: nombre, documento nacional de identidad, domicilio y fotocopia del documento nacional de identidad;
b) en el caso de personas jurídicas u organizaciones empresariales: razón social o denominación de la empresa, domicilio y constancia de CUIT;
c) domicilio del lugar de prestación laboral;
d) número telefónico de contacto del responsable de la publicación;
e) fotocopia de la factura de un servicio a nombre de quien realiza la publicación.-
A todo esto agrega que las publicaciones deberán contener en su texto un número de referencia visible o identificación similar, a fin de que los destinatarios de las mismas puedan contactarse con el medio de comunicación para requerir o verificar la información exigida a quien pide la publicación del aviso. Ese conjunto de datos y documentación deberá ser conservada por los medios de comunicación por un período de tiempo no inferior a un año.
Propone como autoridad de Contralor al Consejo Provincial de Prevención de la Violencia de Entre Ríos (COPREV), quién deberá velar por el cumplimiento de los objetivos de la norma propuesta.
Prensa Diputado Lara
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