19/11/2016 Sociales
Analizan en Diputados la ley que crea un mecanismo provincial de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

La Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político avanzó en el tratamiento del proyecto de ley para la creación del “Mecanismo provincial de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes de la Provincia de Entre Ríos”.

Analizan en Diputados la ley que crea un mecanismo provincial de prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes

El presidente de la comisión, el diputado Diego Lara, convocó al subsecretario de Derechos Humanos de la Provincia, Matías Germano, y a la coordinadora General de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Sofía Uranga para exponer al respecto e intercambiar opiniones con los legisladores.

El proyecto de ley que se propone tiene como objetivo establecer en la Provincia de Entre Ríos un mecanismo de prevención de la tortura y otros malos tratos que garantice a las personas, particularmente a las privadas de su libertad, la vigencia de los Derechos Humanos reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente.

Estos derechos están contemplados por los artículos 54° y 66° de la Constitución de Entre Ríos; por los artículos 18° y 75° de la Constitución Nacional; por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, incorporado a la Constitución Nacional en su artículo 75°; por el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, aprobado por Ley N° 25.932; por la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas, aprobada por Ley N° 26.298; por la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, incorporada a la Constitución Nacional en su artículo 75, inciso 22, y otros tratados internacionales.

En el mensaje que acompaña el proyecto se señala que la tortura es una de las más graves violaciones a los Derechos Humanos y constituye un menoscabo a la integridad del hombre, reprobado por los ordenamientos jurídicos de los Estados democráticos y por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. La comunidad internacional ha reconocido pública y oficialmente la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes entre las agresiones más brutales e inaceptables a la dignidad humana.

En ese sentido, se considera que el establecimiento de normas que tiendan a erradicar estas prácticas en nuestro país, y particularmente en la Provincia, condice con la lógica democrática de estos últimos 30 años. Constituye una contrapartida a los hechos aberrantes acaecidos durante las dictaduras militares en las que la tortura era una práctica deliberada y sistemática.

En nuestra sociedad, la aplicación de medios de tortura física o psíquica, penas o tratos crueles, degradantes e inhumanos es una realidad que la sociedad muchas veces no percibe. Ocurre que una parte importante de la ciudadanía no tiene contacto con hechos de este tipo y, salvo casos aislados, no forman parte de la agenda pública. Esto se debe a que en los últimos años este tipo de prácticas se han utilizado como un mecanismo de castigo y/o disciplinario en centros de detención, correccionales o penitenciarías donde se alojan personas alcanzadas por una sanción o disposición de orden penal.

Por eso el proyecto de ley propicia el fortalecimiento del monitoreo de los lugares de detención, la actuación articulada y cooperación con el gobierno provincial el Sistema Nacional de Prevención, garantizando la independencia funcional del mecanismo y estableciendo los criterios de selección de los integrantes el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura en la órbita de la Legislatura.

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