27/06/2017 Sociales
El Centro de Industria y Comercio de María Grande convoca a Asamblea para renovar su Comisión Directiva

La entidad llama a Asamblea General Ordinaria para este martes 27 de junio a los fines de renovar su Comisión Directiva

El Centro de Industria y Comercio de María Grande convoca a Asamblea para renovar su Comisión Directiva
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La actual gestión del Centro de Industria, Comercio y Actividades Afines de María Grande ha presentado la documentación respectiva ante la Dirección de Inspección de Personería Jurídica de la provincia para hacer el llamado a Asamblea General Ordinaria para presentar balances, memoria y para renovar por completo sus autoridades.

La convocatoria es para el martes 27 de junio a las 20 hs en el Salón de Convenciones de la Terminal de Omnibus de la ciudad.

La Orden del Día especifica los siguientes puntos a tratar:

1) Designación de dos socios para que, por delegación de la Asamblea, aprueben y suscriban el Acta respectiva al momento de la clausura, conjuntamente con el Presidente y el Secretario;

2) Lectura del Acta anterior;

3) Explicación de los motivos de demora en realizar la Asamblea;

4) Consideración de la Memoria,

5) Consideración de los Balances de los ejercicios 2014, 2015 y 2016 e informe de la Comisión Revisora de cuentas;

6) Acto eleccionario, escrutinio y proclamación de los socios electos para la renovación total de la Comisión directiva y de la Comisión Revisora de cuentas, de acuerdo al siguiente detalle: A) Elección por un año de once socios para integrar la Comisión Directiva en el carácter de miembros titulares, para ocupar entre ellos los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero, tres vocales titulares y dos vocales suplentes, de acuerdo a lo estipulado por el Art. 12 del Estatuto. B) Elección por un año de dos Socios para integrar la Comisión Revisora de Cuentas, el primero de ellos en el carácter de titular y el segundo en el carácter de suplente, conforme a los Arts. 23 y 24 del Estatuto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del estatuto social de la entidad, en el mismo se estableces que “en las asambleas ordinarias el quórum necesario es el de la mitad más uno de los socios con derecho a votar. Transcurrida una hora después de la señalada en la convocatoria, su constitución será válida en cualquier número”

.Fuente: Redacción ConSuEmpresa

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